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Nueva Ley de envases y embalajes: claves y obligaciones

Envases que deben declararse obligatoriamente

El pasado 27 de diciembre de 2022 el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 1055/2022 de Envases y Residuos de Envases.

La normativa está enfocada en las metas de la Unión Europea de avanzar en la implantación de la economía circular y lograr los nuevos objetivos de reciclado de envases para 2025 y 2030.

Incluye entre sus novedades aspectos cuantitativos de reducción que coinciden con los reflejados en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular que señala cómo meta para 2030 la reducción del 20 % para las botellas de plástico de un solo uso respecto al 2022.

¿Cuáles son los puntos más resaltantes del Real Decreto y cómo influye en las empresas? Sigue leyendo para que conozcas cada detalle.

Claves de la Ley de envases y embalajes

El Real Decreto de Envases y Residuos de Envases está alineado con seis puntos claves:

  • Prevención:
  1. Disminución de residuos de envases en 13 % para el 2025 y 15 % en 2030 respecto a 2010.
  2. Reducción del 20 % en la cantidad de botellas para bebidas de plástico (monouso) en 2030 en comparación al 2022.
  3. Promoción de la venta a granel, por ejemplo, de frutas y verduras en lotes de menos de 1,5 kilogramos.
  4. Impulso de estudios de análisis de ciclo de vida y de diseño.
  • Reutilización:
  1. Aprovechamiento de los envases HORECA de bebida. La meta es cumplir con el 70 % en el año 2025 para bebidas refrescantes.
  2. Reciclar el 10 % de envases domésticos de bebida para el 2030.
  3. Reuso del 5 % de los envases domésticos en el 2030.
  4. Reutilización del 20 % de envases comerciales e industriales en 2030.
  • Reciclabilidad:
  1. Todos los envases deben ser reciclables en el año 2030 y si es posible reutilizables.
  2. Se reciclará el 65 % de los envases para el año 2025 y el 70 % en 2030.
  3. Es importante mencionar que la recogida debe ser separada de residuos de envases que sean de productos peligrosos.
  • Compostabilidad:
  1. Con respecto a los envases de plástico compostable, el etiquetado debe reflejar que está certificado según la norma europea UNE EN 13432:2001 de “Envases y embalajes”
  2. Aquellos envases diseñados para ser compostables deben contar con características de biodegradabilidad que no dificulten la recogida separada ni el proceso de compostaje.
  • Introducción de material reciclado:
  1. Los envases de PET deben contener en el 2025 al menos un 25 % de plástico reciclado y los envases de plástico no compostables diferentes al PET llevar en el 2025 al menos un 20 % de plástico reciclado.
  2. La verificación del contenido en reciclado presente en un envase se llevará a cabo mediante la trazabilidad del material.
  3. El marcado del envase o etiqueta debe ser legible incluso después de abierto.
  4. También reflejar el porcentaje de reciclabilidad, de acuerdo con la evaluación auditable y certificable ajena al fabricante.
  5. Mostrar el % de material reciclado avalado por una empresa acreditada.
  6. Se prohíbe el marcado la etiqueta de «respetuoso con el medio ambiente» ya que puede ocasionar o inducir a su abandono en el entorno.
  7. Los fabricantes e importadores de los envases deben entregar la información de su composición a los gestores de residuos de forma gratuita.
  8. Se contempla la inscripción en el Registro de Productores de producto.
  9. Los productores están obligados a financiar la gestión de sus residuos, de manera individual a través del Sistema Regional de Áreas Protegidas (SIRAP) o colectiva con el Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) o Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR).

Envases que deben declararse obligatoriamente

Empecemos por señalar que la Declaración Anual de Envases y Residuos de Envases (DAE) es un documento con el que deben cumplir cada uno de los agentes económicos involucrados en la cadena de puesta en el mercado, consumo, gestión de residuo, de los envases y residuos de envases.

El DAE debe remitirse al Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, previa inscripción en la sección de envases del Registro de Productores de Producto creado por el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo.

No obstante si los productores introducen en el mercado envases de servicio y menos de 50.000 kilogramos de envases comerciales e industriales, al final son los fabricantes, importadores o adquirientes de estos envases, o las empresas de distribución los que tienen la obligación de inscribirse de manera única para todos ellos.

Al momento de la inscripción, el productor recibe un número de registro que figura en las facturas y cualquier otro documento que acompañe a las transacciones comerciales de productos envasados.

La misma se formaliza en el lapso de 3 meses desde el 29 de diciembre de 2022, a través del trámite abierto en la sede electrónica del Ministerio.

Una vez inscritos en la sección de envases del Registro de Productores de Producto, se realiza la declaración anual de envases.

Hasta el 30 de abril de 2023, los procedimientos vinculados a información anual sobre envases puestos en el mercado están bajo la modalidad de prueba. Lo que significa incorporar la información y guardar, pero no se permite firmar ni registrar las declaraciones. Transcurrida esta fecha, se abrirán dos periodos para la presentación de la DAE 2021 y 2022.

Los datos son remitidos cada año a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico antes del 31 de marzo del año siguiente al que se refiere, con el objetivo de conocer el monto total de envases puestos en el mercado.

Cómo afecta la Ley de envases y embalajes a las empresas

Tal como lo hemos mencionado, desde el pasado 1 de enero de 2023 está en vigor el Real Decreto de Envases y Residuos para avanzar hacia la economía circular.

La ley contempla que los fabricantes deben rellenar y presentar en un lapso de 30 días el nuevo formulario de autoliquidación del “Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables”.

Este nuevo impuesto toma en cuenta el polímero y la cantidad utilizada en la fabricación de los envases, la durabilidad, el número de material reciclado que contiene, la presencia de elementos peligrosos y otros factores del proceso de reciclaje o reutilización.
Por lo tanto, el tributo afecta a las empresas que en la actualidad usen o se dediquen a fabricar envases o embalajes de plástico no reciclado y que no sean reutilizables.

También las que empleen productos semielaborados que sirven para obtener envases de preformas o láminas y los objetos que se destinan al cierre, comercialización o presentación de envases como tapones, fleje, film estirable, entre otros.

Con la finalidad de fomentar la economía circular, el impuesto grava con una tasa de 0,45 € el kilo de plástico dirigidos a fabricar envases de un solo uso.

Aquellas empresas que demuestren la reutilización de los envases o que utilicen en su fabricación material reciclado pueden resultar exoneradas del pago.

Sobre el tema, un estudio elaborado por la consultora Afi, especializada en finanzas junto con Fiab (Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas) asegura que la aplicación de la Ley de Residuos y suelos contaminados y el Real Decreto de Envases y residuos de envases amenazan la supervivencia de 2.400 empresas en su mayoría pymes.

La situación pone en riesgo más de 26.500 puestos de trabajo y conlleva un golpe económico de más de 7.000 millones de euros.

Diego Vizcaíno, socio de Afi, ha afirmado que el Real Decreto obliga a las empresas a efectuar cuantiosas inversiones, ya que deben adaptar sus líneas de producción a materiales alternativos con un coste fijo que el negocio internaliza y no todos tienen la capacidad de hacerlo sin perder rentabilidad.

Según el estudio de Afi, afrontar las consecuencias de Ley de Residuos y del Real Decreto de Envases costará a la industria alimentaria 7.040 millones de euros y al consumidor 780 millones por impuestos sobrevenidos.

Antes de la aprobación del Real Decreto, el envasador (en el caso de envases domésticos e industriales) dejaba la responsabilidad de la gestión al cliente. Ahora, los productores deben sufragar los gastos, informar de los envases que entran al mercado y diseñar planes para minimizar el número que producen.

Conclusión

La meta principal de la actualización del Real Decreto de Envases y Residuos de envases es prevenir y disminuir el impacto sobre el medio ambiente.

Asimismo, ratifica la economía circular con el objetivo de promover un nuevo modelo productivo de consumo en que los productos y recursos se queden en tránsito durante más tiempo y así minimizar la producción de residuos.

Algunos estudios que mencionamos en el artículo concluyen que el nuevo Decreto Real debe estar orientado a avanzar hacia la sostenibilidad, pero sin mermar la competitividad empresarial y menos la de un sector clave para la economía española que emplea cada año a casi medio millón de personas.

Por lo tanto, los productores se convierten en los responsables de los envases introducidos en el mercado. Esto quiere decir que la ley se centra en el concepto “quien contamina, paga”.

Este artículo se ha realizado en el marco de la Resolución de IVACE de concesión de una subvención al Consejo de Cámaras de la Comunitat Navarrana, para el fomento de la Sostenibilidad y Desarrollo Sostenible en el año 2023.

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